EL DERECHO CIVIL
El Derecho Civil en México se ocupa de regular los derechos y obligaciones de los individuos desde el momento de su concepción hasta su muerte.
Para regular las figuras o relaciones jurídicas del Derecho Civil, en nuestro país existe un código civil para cada estado de la República Mexicana y un código civil federal. En esencia estos códigos civiles contienen disposiciones muy similares, sin embargo, se recomienda consultar la legislación del estado. Del lugar del domicilio de las personas físicas cuando se trate de casos relacionados con el estado o capacidad de dichas personas físicas.
El Derecho Civil es la rama del derecho privado que contempla temas relativos a las personas, los bienes, las sucesiones, las obligaciones y los contratos. Las controversias que se susciten en relación con estos temas serán del conocimiento de los tribunales judiciales competentes en materia civil.
La ley dispone que por parte del Estado para conocer o intervenir en alguno de estos temas de Derecho Civil, según sea el caso concreto, se encuentran las autoridades judiciales, las autoridades del registro civil, notarios públicos, corredores públicos, actuarios o el registro publico de la propiedad.
El derecho civil es un sistema de leyes y normas que regula todo lo relativo a las personas, los vínculos jurídicos entre ellas y con los bienes a nivel privado. Estas leyes suelen estar establecidas en el código civil de cada país.
Son elementos o temas contemplados por el derecho civil las personas, los bienes, la propiedad, la posesión, la sucesión, las obligaciones y los contratos.
El derecho civil estudia y estipula los atributos de las personas, dota de estructura jurídica a la familia y al patrimonio, y regula las relaciones entre particulares.
EL DERECHO CIVIL SE DEVIDE EN:
Las Personas
Los códigos civiles disponen que las personas físicas adquieren su capacidad jurídica con el nacimiento y la pierden con su muerte, la ley dispone además que desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se tiene por nacido para efectos legales.
La minoría de edad, el estado de interdicción, y otras incapacidades jurídicas, son restricciones a la personalidad jurídica, sin embargo los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.
Una persona se distingue de otra por el nombre, el domicilio, los actos del estado civil y el patrimonio.
Los Bienes
El Derecho Civil se ocupa de la protección y respeto de los bienes muebles y de los bienes inmuebles. La ley regula la forma cómo estos bienes se adquieren, su uso, goce, disfrute, la forma de transmitirlos y los conflictos derivados de ellos.
En relación con los bienes están los derechos y obligaciones relativos a la propiedad y a la posesión.
La Propiedad
En virtud de la propiedad, una persona tiene derecho a usar y disponer de sus bienes de acuerdo con la ley.
El Estado, en caso de interés público y otorgando una indemnización al individuo podrá usar, disfrutar o disponer de la propiedad de una persona, como es el caso de la expropiación por causa de utilidad pública.
La ley establece como formas de adquirir la propiedad: los contratos, la sucesión, la usucapión, la apropiación y la accesión.
La Posesión
La posesión no es lo mismo que la propiedad, la ley distingue un término del otro.
La posesión es el hecho mediante el cual una persona tiene el poder de un bien o derecho sobre el cual realiza actos de uso, goce y disfrute. Una persona puede tener la posesión de un bien mueble o inmueble, o de un derecho, sin ser la propietaria.
La Sucesión
La sucesión es una de las formas mediante las cuales una persona puede adquirir la propiedad de bienes o derechos. La ley dispone que la herencia es la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.
La herencia puede ser testamentaria o legítima.
Una persona por virtud de su voluntad puede disponer de todo o parte de sus bienes y transmitirlos a otras personas a través de un testamento, en este caso la herencia recibe el nombre de sucesión testamentaria.
Las Obligaciones
El Derecho Civil regula también las obligaciones y establece los efectos jurídicos que producen.
La obligación es el vínculo jurídico entre dos personas, una llamada acreedor y la otra llamada deudor. Por virtud de las obligaciones, el acreedor tiene derecho a exigir del deudor de forma coactiva el cumplimiento de una prestación; y el deudor realiza coactivamente el cumplimiento de una prestación a la cual tiene derecho el acreedor.
Los Contratos
Los códigos civiles se refieren a los contratos como los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos. Y los convenios son los acuerdos de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir las obligaciones.
La ley prevé cuáles son los elementos de existencia y de validez de los contratos. La falta de los elementos de existencia de los contratos produce la inexistencia del contrato; y la falta de los elementos de validez de los contratos produce la nulidad del contrato.
Los contratos previstos por la ley reciben en la doctrina el nombre de contratos nominados como son los contratos de compraventa, arrendamiento, subarriendo, comodato, depósito, mandato, prestación de servicios profesionales, obra a precio alzado, hospedaje, asociación civil, sociedad civil, aparcería rural, renta vitalicia, compra de esperanza, fianza, prenda e hipoteca.
Características del derecho civil
El derecho civil se distingue de otras ramas del derecho por las siguientes características.
- Es un derecho de las personas y sus relaciones: su objetivo principal es estudiar y orientar todo lo relativo a las personas naturales o jurídicas, así como ordenar las relaciones entre ellas.
- Es un derecho privado: regula, ampara y protege los derechos e intereses particulares y privados bajo el principio de igualdad ante la ley.
- Es un derecho común: estudia y ordena instituciones jurídicas generales y comunes que no se atengan a regulaciones especiales.
- Es un derecho general: los aspectos, relaciones e instituciones que atiende el derecho civil son iguales para todos los individuos, independientemente de su origen, religión, educación, etc.
- Comprende la autonomía de la voluntad: reconoce que las normas pueden ser modificadas por los individuos en atención a su libre voluntad, exceptuando todo lo relativo a la familia.
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